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Las empresas pueden traer empleados extranjeros para todo y no contratan a hondureños: Falso

Por Próspera Team1 min de lectura

Fact-Checking: Falso

Son numerosos los medios que hablan de Próspera como un enclave vedado para los trabajadores hondureños.

El Estatuto Laboral de Próspera ZEDE (§2-2-69-0-0-0-1), que se aplica a las empresas que operan en ella, como Honduras Próspera Inc, establece que al menos el 90% de los empleados de cualquier empresa activa en la zona deben ser nacionales hondureños. Adicionalmente, ese grupo debe recibir como mínimo el 85% de la masa salarial total. Estas obligaciones son legales y exigibles. Su incumplimiento constituye una infracción que puede ser denunciada ante el GSP y sometida a arbitraje.

El Estatuto Laboral de Próspera reconoce expresamente los Convenios de la OIT sobre libertad de asociación, negociación colectiva, igualdad de remuneración y prohibición del trabajo forzoso. Los trabajadores tienen derecho a sindicarse, a un salario mínimo propio, a cobrar en dólares, a recibir el 25% de recargo por horas extra y a que el empleador aporte entre el 10% y el 25% de sus ingresos brutos a su Fondo de Beneficios Laborales individual. Que las reglas laborales sean distintas de las del resto de Honduras no equivale a ausencia de derechos.

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